Sanciones deportivas y económicas tras las exclusiones de TC
Tras haber recabado la documentación pertinente, los integrantes de la Comisión Asesora y Fiscalizadora (CAF) de la ACTC dio a conocer la resolución sobre las exclusiones de la carrera de Turismo Carretera en San Luis, el pasado 15 de septiembre, en donde los autos de los pilotos licenciados José Manuel Urcera, Facundo Ardusso, Juan Martín Trucco y Federico Iribarne no cumplían con las normas reglamentarias a las que fueron sometidas en la verificación técnica, luego de las denuncias realizadas por Esteban Gini.
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1- Aplicar al Piloto de TC José Manuel Urcera, la sanción de multa de pesos 10.000.000, por Infringir el Art. 17 Inc. 20 L del RDA* , la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC a la Fundación Favaloro dentro de los 30 días de notificado, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo. Atento a lo referido Ut Supra, esta CAF resuelve: Aplicar al Piloto José Manuel Urcera, la sanción de la quita de los tiempos de Clasificación para largar en la última posición en la próxima serie que participe.
*RDA DE LA ACTC: 17-020: INFRACCIONES MUY GRAVES:
Serán pasibles de suspensiones los participantes que cometan algunas de las siguientes infracciones, siempre que el C.D. los haga constar en su informe y la falta no tenga agravantes que puedan aumentar la penalización. La mala conducta de los participantes que no pueda ser incluida en el informe del C.D., será investigada por el E.F., quien aportará las pruebas de la infracción.
L) No presentar el auto a la revisación técnica.
2- Aplicar al Piloto de TC Facundo Arduso, la sanción de multa de pesos 5.000.000, por Infringir el Art. 38 del Reglamento Técnico**, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC a la Fundación Favaloro dentro de los 30 días de notificado, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo. Atento a lo referido Ut Supra, esta CAF resuelve: Aplicar al Piloto Facundo Arduso, la sanción de la quita de los tiempos de Clasificación para largar en la última posición en la próxima serie que participe.
**REGLAMENTO TÉCNICO TURISMO CARRETERA:
MÚLTIPLE DE ADMISIÓN – ARTÍCULO 38*:
Homologados y provisto por FADRA, sin modificación permitida. Se prohíbe tapar el múltiple de admisión, solo se permite refrigerar con una toma en trompa orientada a dicho múltiple. El mismo debe estar visible en todo su volumen.
Queda prohibido mecanizar los empalmes de los conductos con las bocas.
3- Aplicar al Piloto de TC Juan Martín Trucco, la sanción de multa de pesos 5.000.000, por Infringir el Art. 33 del Reglamento Técnico***, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC a la Fundación Favaloro dentro de los 30 días de notificado, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo. Atento a lo referido Ut Supra, esta CAF resuelve: Aplicar al Piloto Juan Martín Trucco, la sanción de la quita de los tiempos de Clasificación para largar en la última posición en la próxima Serie que participe.
4- Aplicar al Piloto de TC Federico Iribarne, la sanción de multa de pesos 5.000.000 por Infringir el Art.33 del Reglamento Técnico***, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC a la Fundación Favaloro dentro de los 30 días de notificado, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo. Atento a lo referido Ut Supra esta CAF resuelve: Aplicar al Piloto Federico Iribarne, la sanción de la quita de los tiempos de Clasificación para largar en la última posición en la próxima Serie que participe.
***REGLAMENTO TÉCNICO TURISMO CARRETERA:
CILINDRADA – ARTÍCULO 33*:
TOYOTA CAMRY…..…………………………………. 3310 CC
FORD FALCON ………………………………………. 3260 CC
DODGE CHEROKEE…………………………………. 3260 CC
TORINO CHEROKEE………………………………… 3310 CC
CHEVROLET ………………………………………… 3260 CC