La próxima competencia del Turismo Carretera, la segunda fecha que se desarrollará en el autódromo de Neuquén, será una de las cuatro especiales que habrá en la temporada.
La ACTC dispuso que para la carrera en la ciudad de Centenario, los autos deban ingresar a boxes entre las vueltas 9 y 20, separados por pares e impares, para reemplazar las ruedas del lado derecho.
A continuación, el reglamento especial de la prueba.
Art. 1°: A todos los automóviles de la categoría TURISMO CARRETERA inscriptos, se separarán en dos tandas identificadas como las de número par o las de número impar, de acuerdo a la numeración del box que se le asigne, mediante un sorteo al efecto, que se cumplirá en la sede de la CAF de la ACTC, el día martes 6 de marzo de 2018, a las 16.00 hs., el que podrá ser presenciado por los Jefes de Equipo y/o Concurrentes.-
Art. 2°: Los competidores están obligados a detenerse entre la vuelta 9 y la vuelta 20 inclusive a efectos de cambiar 2 (dos) neumáticos (delantero derecho y trasero derecho). Solo se podrá detener el auto en la calle frente al box. Los vehículos ubicados en boxes impares deberán hacerlo cumpliendo las vueltas impares (9, 11, 13, 15, 17 y 19). Los vehículos ubicados en boxes pares deberán hacerlo cumpliendo las vueltas pares (10, 12, 14, 16, 18 y 20). En todos los casos será de libre elección del piloto la vuelta para efectuar la detención. Se entiende por «cumpliendo» el momento en pasar por la torre de control cerrando la vuelta respectiva. En caso de entrar el Pace Car durante cualquiera de las vueltas indicadas, se mantendrán los boxes cerrados. En el supuesto que por este motivo los boxes estuvieren cerrados al cumplirse las vueltas 19 y 20, al reanudarse con bandera verde se permitirá el recambio por dos vueltas más, manteniéndose el criterio establecido de vueltas pares e impares.
Art. 3°: Los únicos trabajos que se permitirán en el momento de la detención, para realizar el cambio de los neumáticos delantero y trasero derecho, será la limpieza del parabrisas y la limpieza de la entrada de aire al canalizador del radiador, cualquier otro tipo de trabajo o reparación deberá efectuarse dentro del box. Es opcional la detención o no del motor en el momento de parar para el cambio de los neumáticos. Se permitirá la ayuda externa a los efectos que fuera necesario para el arranque del vehículo. La violación a estas disposiciones podrá ir desde un recargo de tiempo hasta la desclasificación según sea la falta cometida, a criterio del Comisariato Deportivo.
Art. 4°: Prioridad de salida. La prioridad de tránsito en la calle rápida de boxes, la tendrá el vehículo que comienza a realizar la maniobra de salida luego del cambio de cubiertas, sobre el que circule por ella. Entre las vueltas 9 a 20 inclusive, los vehículos que transitan la pista no podrán tocar la doble línea amarilla de salida de la calle de boxes al circuito. Lo mismo se aplica para los autos que están realizando la maniobra de salida de boxes hacia la pista. De no respetarse la prohibición el piloto será sancionado.
Art. 5°: Designación de Veedores. El control y supervisión del trabajo de cambio de neumáticos será realizado por veedores, designados por este Ente Fiscalizador por su experiencia y conocimiento, cuya nómina será entregada al Comisariato actuante.
Art. 6°: Lluvia: En caso de lluvia, al habilitar la apertura de boxes, antes del comienzo de la prueba Final, la misma será de diez (10) minutos libres con boxes abiertos, para que los pilotos decidan el tipo de neumático a utilizar. Podrán pasar por boxes y volver a salir de los mismos durante ese lapso, y si se realiza el cambio de los cuatro neumáticos lisos por ancorizados y/o viceversa en ese momento, NO SE DARÁ por cumplida la presente reglamentación de reemplazo de cubiertas. En el caso de que realicen ese cambio total de neumáticos después de haber realizado una vuelta de carrera, se dará por cumplido el requisito de la reglamentación especial, siempre respetando el orden de entrada a boxes (BOX par e impar). Si desde la largada de la prueba compiten con neumáticos ancorizados, el procedimiento de recambio de las cubiertas delantera derecha y trasera derecha deberá realizarse con el mismo procedimiento previsto para los neumáticos slick. Para este caso se deberá preveer sellar previamente las cubiertas ancorizadas reemplazantes.
Art. 7°: Identificación de auxiliares. Cada AUTO podrá disponer de hasta un máximo de seis (6) colaboradores que deberán estar provistos con la indumentaria establecida en el Reglamento de Campeonato (botas y/o calzado de seguridad, además del uso de cascos protectores) con la correspondiente identificación con el número del mismo. Dicha indumentaria se deberá utilizar EN FORMA OBLIGATORIA en las pruebas de funcionamiento del día viernes 9/3/2018 y sábado 10/03/2018. Uno de ellos será el encargado de dar la orden de detención y reinicio de marcha, luego del cambio de los neumáticos pertinentes. Otro será el encargado y responsable del manejo del criquet hidráulico (único permitido). Los restantes cuatro (4) colaboradores realizarán el recambio de los neumáticos. El auxiliar encargado de dar la orden de detención y salida del vehículo pertinente, exclusivamente, deberá estar provisto de un cartel indicatorio, sostenido por una vara de un mínimo de 2,50 metros de longitud y se adelantará exclusivamente hasta la franja pintada de seguridad a tales efectos, para que luego de detenido el vehículo, retorne detrás de la línea de boxes, quedando habilitados los otros cinco (5) auxiliares en dicha zona.
Art. 8°: Los neumáticos obligatorios de cambio serán exclusivamente el delantero derecho y el trasero derecho. Los neumáticos a utilizar serán dos (2) de los seis (6) neumáticos nuevos sellados por la ACTC para esta competencia, que deberá llevar un sello diferencial identificable. Las cubiertas que se extraen deberán quedar acostadas y las tuercas no pueden quedar tiradas en el piso. Se permitirá la utilización de hasta dos pistolas eléctricas, de cualquiera de las marcas en uso de la categoría para la extracción y ajuste de los bulones de los espárragos pertinentes, no estando permitida la utilización de mecanismos de extracción y colocación conjunta. Solamente será válido el cambio de neumáticos con el ajuste de las 5 tuercas. La violación a estas disposiciones podrá ir desde un recargo de tiempo hasta la desclasificación, según sea la falta, y a criterio del Comisariato Deportivo.
Art. 9°: El viernes 9 de marzo y el día sábado 10 de marzo, en oportunidad de realizarse las pruebas de entrenamiento, se intercalará una prueba obligatoria de funcionamiento de la presente reglamentación.
Art.10°: El día viernes 9 de marzo, al finalizar la actividad en pista, se realizará una reunión con los Concurrentes y/o Jefes de equipos obligatoria, los que serán responsables de las faltas que produzca su equipo, para lo indicado en el presente R.P.P., quedando el Comisariato Deportivo actuante en la competencia a disposición de ellos, para poder consultar cualquier duda antes de la realización de la PRUEBA FINAL.-
Art. 11°: Todo vehículo que largue la competencia final deberá ingresar al parque cerrado, aunque no hubiera concluido la misma.
Art. 12°: Se deberá colocar una CINTA DE PELIGRO en la mitad de cada box (3,50 metros desde la linea de entrada a una altura de 1,50 metros del piso). Los únicos integrantes que podrán traspasar dicha cinta de peligro serán los SEIS (6) integrantes encargados de los cambios de neumáticos y el Jefe de Equipo.
Art. 13°: La linea blanca coincidente con el inicio del box será el límite, solo superado por los Seis (6) integrantes del equipo afectados al cambio de cubiertas. No deberá haber elementos fuera del box, la calle debe quedar totalmente despejada.
Art. 14°: Con respecto a los artículos 7°, 12° y 13° la sanción deportiva será de recargo de tiempo.
Art. 15°: Se informa a los equipos de Turismo Carretera que el equipamiento obligatorio para la carrera especial con cambio de neumáticos es el siguiente: pistolas saca tuercas eléctricas a baterías, las cuales pueden ser verificadas en cualquier momento de la competencia.